Conjuntos históricos

"Son Conjuntos Históricos las agrupaciones de construcciones urbanas o rurales junto con los accidentes geográficos que las conforman, relevantes por su interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con coherencia suficiente para constituir unidades susceptibles de clara delimitación."

(LPHA, 2007, art. 26.2)


  • BAZA | Centro histórico de Baza

    El centro histórico de Baza presenta notables valores patrimoniales, con un susbtrato arqueológico muy importante, como testimonio de una ocupación continuada desde época ibérica. La trama urbana conservada hasta la década de 1970 se correspondía con la estructura de época musulmana, dado que las reformas castellanas no llegaron a eliminar su compacidad, ni tampoco alcanzaron a modificar totalmente la organización espacial bajomedieval.

    Decreto 138/2003, de 20 de mayo, por el que se declara y delimita como bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico, el sector delimitado de la población de Baza (BOE n.º 174, de 22 de julio de 2003).

  • CASTRIL | Centro histórico de Castril

    Con restos de ocupación humana que se remontan al neolítico, el núcleo urbano de Castril y su posterior crecimiento ha estado condicionado por la singular topografía del lugar. Dicha ubicación ha configurado un trazado urbanístico orgánico y en armonía con el emplazamiento natural, cuyo caserío popular se ha ido desarrollando de manera homógenea y continuada desde época almohade. La fabricación de vidrio y el sistema hidráulico son factores socioeconómicos que han determinado la evolución urbana de la población.

    Decreto 91/2001, de 27 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural, el conjunto histórico de Castril (BOE n.º 177, de 25 de julio de 2001).

  • GUADIX | Centro histórico de Guadix

    La protección del conjunto histórico de Guadix se justifica tanto por su importante patrimonio histórico, como por la trascendencia de su situación física. La continuidad del poblamiento desde época prehistórica y la abundante presencia de elementos materiales de los diferentes periodos de ocupación conforman un sector urbano claramente definido y constatado, en el que se conservan destacados valores medioambientales, espaciales, arquitectónicos, artísticos y etnográficos, que hacen de esta ciudad un núcleo vivo para la historia.

    Real Decreto 2236/1976, de 24 de agosto, por el que se declara conjunto histórico-artístico el casco antiguo de la ciudad de Guadix (BOE n.º 229, de 23 de septiembre de 1976).

    Decreto 377/2009, de 24 de noviembre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz la modificación de la delimitación del Bien de Interés Cultural, con la tipología de Conjunto Histórico, de la población de Guadix (BOJA n.º 244, de 16 de diciembre de 2009).

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